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Mayor (B.A) Lcdo. Claret Yriarte.
Inspector General de los Servicios

Inspectores o Inspectoras Generales: Los Inspectores o Inspectoras Generales de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas son de libre nombramiento y remoción por la Primera Autoridad de los entes u órganos de la administración pública nacional, de los estados, del Distrito Capital, territorios federales e insulares, dependencias federales o municipios donde se encuentre adscrita la Institución Bomberil.


FUNCIONES:

Ø  Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás disposiciones relacionadas con el Servicio de Bombero;

Ø  Cumplir y hacer cumplir lo establecido en esta Ley, la Ley del Estatuto de la Función Bomberil, leyes, reglamentos y demás actos normativos vinculadas al Servicio de Bombero y los Cuerpos de Bomberos y Bomberas

Ø  Cumplir y hacer cumplir las directrices emanadas del Primer o Primera Comandante y del Segundo o Segunda Comandante de la Institución Bomberil;

Ø  Ejercer el mando y comando en la Institución Bomberil;

Ø  Suplir las ausencias temporales del Segundo o Segunda Comandante;

Ø  Abrir el procedimiento administrativo de carácter disciplinario al bombero o bombera por la comisión de las faltas disciplinarias establecidas en la Ley del Estatuto de la Función Bomberil;

Ø  Delegar en un representante para actuar en su nombre ante el Consejo Disciplinario;

Ø  Dirigir las investigaciones administrativas de carácter disciplinario;

Ø  Orientar a la Comandancia General, a los niveles de apoyo y asesoría y a las distintas unidades administrativas u operativas del Cuerpo de Bomberos y Bomberas de adscripción, con la finalidad de optimizar los resultados en los servicios que prestan;

Ø  Promover inspecciones semestrales para conocer el estado operativo administrativo y funcional de las unidades de apoyo y asesoría, administrativas, operativas y Estaciones de Bombero;

Ø  Proponer a la Comandancia General las directivas que conduzcan al mejoramiento de los procedimientos internos y disciplinarios para el buen funcionamiento y orden interno de la Institución Bomberil;

Ø  Presentar ante el Consejo Disciplinario la formulación de cargos y solicita la sanción disciplinaria a un bombero o bombera, o varios a la vez, por la existencia de suficientes elementos de convicción que establezcan responsabilidades disciplinarias;

Ø  Determinar el cierre del expediente administrativo de carácter disciplinario, al no existir elementos de convicción por los hechos que se investigan;

Ø  Archivar el expediente administrativo de carácter disciplinario a la espera de nuevos elementos de convicción en los hachos que se investigan para determinar responsabilidades disciplinarias, debiendo notificar de la decisión al Primer o Primera Comandante, al Segundo o Segunda Comandante de la Institución Bomberil que se trate y al bombero o bombera o varios a la vez, involucrados en una investigación de carácter disciplinario;

Ø  Recibir y procesar denuncias que le sean formuladas por los bomberos o bomberas, talento humano administrativos, obreros o contratados que laboren en la Institución Bomberil o los particulares;

Ø  Implementar procedimientos disciplinarios breves y oportunos; así como correctivos necesarios, a los fines de fortalecer la disciplina, el orden interno, la moral y las buenas costumbres en la Institución Bomberil;

Ø  Imponer sanciones disciplinarias de carácter administrativo, en caso de faltas disciplinarias que no sean procesadas por el Consejo Disciplinario;

Ø  Formalizar los traslados internos de bomberos y bomberas, previa autorización y refrendado del Primer o Primera Comandante y visado del Segundo y Segunda Comandante de la Institución Bomberil;

Ø  Presentar a la Comandancia General las propuestas de proyectos para su consulta y revisión por ante el Estado Mayor;

Ø  Estar informado de todas las actividades operativas y administrativas que se desarrollen en la Institución Bomberil;

Ø  Coordinar y supervisar las diferentes unidades de apoyo y asesoría que dependan de la Inspectoría General; y,

Ø  Todas aquellas que le sean asignadas por el Primer o Primera Comandante o Segundo o Segunda Comandante de la Institución Bomberil respectiva.


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Inspectores o Inspectoras Generales: Los Inspectores o Inspectoras Generales de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas son de libre nombramiento y remoción por la Primera Autoridad de los entes u órganos de la administración pública nacional, de los estados, del Distrito Capital, territorios federales e insulares, dependencias federales o municipios donde se encuentre adscrita la Institución Bomberil.


FUNCIONES:

Ø  Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás disposiciones relacionadas con el Servicio de Bombero;

Ø  Cumplir y hacer cumplir lo establecido en esta Ley, la Ley del Estatuto de la Función Bomberil, leyes, reglamentos y demás actos normativos vinculadas al Servicio de Bombero y los Cuerpos de Bomberos y Bomberas

Ø  Cumplir y hacer cumplir las directrices emanadas del Primer o Primera Comandante y del Segundo o Segunda Comandante de la Institución Bomberil;

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Ø  Proponer a la Comandancia General las directivas que conduzcan al mejoramiento de los procedimientos internos y disciplinarios para el buen funcionamiento y orden interno de la Institución Bomberil;

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INSPECTORÍA GENERAL DE LOS SERVICIOS

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Ø  Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás disposiciones relacionadas con el Servicio de Bombero;

Ø  Cumplir y hacer cumplir lo establecido en esta Ley, la Ley del Estatuto de la Función Bomberil, leyes, reglamentos y demás actos normativos vinculadas al Servicio de Bombero y los Cuerpos de Bomberos y Bomberas

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¡Feliz Día Héroes de Azul! Bomberos de Venezuela celebran su día.

Desde el año 1972, Venezuela celebra el 20 de agosto el Día Nacional del Bombero, en reconocimiento a quienes trabajan arriesgando su vida tratando de salvar a otros, ante el riesgo de incendios o cualquier otro evento de carácter natural o social. La fecha se conmemora dado que en 1972 se realizó el Primer Congreso Bolivariano de Bomberos en Maracaibo, actividad a la cual se acudieron cita representante de estos organismos de las cinco naciones liberadas por El Libertador Simón Bolívar. Posteriormente, Luis Montes Meinhardt, el primer comandante del Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal de la época, solicitó al Concejo Municipal de Caracas que el 20 de agosto se declarara oficialmente como Día del Bombero en Caracas, la propuesta que fue aprobada el 7 de julio de 1975. Sin embargo, hasta 1971 el día del Bombero se celebró el 17 de febrero de cada año, motivado a lo establecido en la III Asamblea del Consejo Superior de Jefes de Bomberos de Venezuela, pues ese día se conmemoraba el...

IAIM Asciende a Bomberos y Bomberas Aeronáuticos de Maiquetía.

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Bomberos Aeronáuticos de Maiquetía atienden Parto de Emergencia.

Dos Funcionarios del Cuerpo de Bomberos Aeronáuticos de Maiquetía atendieron a una ciudadana que solicitaba ayuda por presentar trabajo de parto. El día Viernes 31 de Julio los funcionarios Sargento 2do. Oscar Medina y Cabo Primero Gresia Escobar se dirigian en una unidad Ambulancia hacia el Poliedro de Caracas, en el Distrito Capital, asignados a una comisión de Guardia de Prevención en el Hospital de Campaña ubicado en ese recinto como una de las medidas impulsadas por el Ejecutivo Nacional ante la pandemia COVID-19. Durante su recorrido, en las adyacencias de la Urbanización Las Mayas se encuentran en la vialidad pública a la ciudadana Yeseli del Valle La Verde, de 25 años de edad quien les solicita apoyo ya que se encontraba en labores de parto; Los Bomberos procedieron a socorrerla y en el mencionado vehículo de emergencias es atendida por la Paramédico Gresia Escobar quien evaluó a la ciudadana y realizó el procedimiento que derivó en el parto natural asistido de un infante de se...

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